Constructivo
ExpoCONSTRUCTIVO 2027

Aprueban reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional

Publicado hace 6 años

Únete al canal de WhatsApp

Recibe las principales noticias del sector construcción directamente en tu celular.

Unirme al canal →
Aprueban reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de construcción en sitio propio.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de construcción en sitio propio.

Mediante la Resolución Ministerial Nº 120-2020-Vivivenda, también se modificaron las condiciones técnicas mínimas para obras de edificación con el BFH en esta modalidad.

Así, en lo que se refiere a las condiciones técnicas mínimas establecidas, en el caso de área techada, se exige que ésta sea mínimo de 35 metros cuadrados sin considerar aleros, la cual debe contemplar los siguientes ambientes: una sala comedor, una cocina, dos dormitorios y un servicio higiénico, y debe estar preparada para el crecimiento progresivo vertical considerando al menos un piso adicional.

Para las viviendas construidas con sistemas constructivos no convencionales, o que no permitan el crecimiento progresivo vertical, la vivienda de interés social debe contar con un área mínima de 45 metros cuadrados techada (sin considerar aleros), que incluya como mínimo un ambiente de usos múltiples con sala, comedor y área de cocina, tres ambientes de dormitorio, un ambiente de baño, con lavatorio, ducha e inodoro, y zona de lavandería (puede ser no techada).

Son elegibles para el programa y para la modalidad de construcción en sitio propio aquellos predios que reúnan las condiciones para la obtención de licencia de edificación, en el marco de la normativa vigente, ser de propiedad de los grupos familiares, que en el predio no haya una vivienda con estructura permanente y/o con las características similares o superiores a una vivienda de interés social.

Ello salvo que exista una construcción techada máximo de 16 metros cuadrados y cuente con servicios de electricidad, agua potable y desagüe. 

De no contar con dichos servicios se debe acreditar una solución alternativa que permita la dotación de éstos, aprobado por la entidad competente o por la municipalidad correspondiente, según sea el caso.

El valor de la vivienda es el que resulta del presupuesto de obra, más el valor del terreno o aires independizados. El valor del terreno se determina por el valor de autovalúo vigente.

Fuente: Andina

Promoción VERANOS

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

Construcción

Renovación de la Av. Guillermo de la Fuente en Comas impulsa la infra . . .

16/Oct/2026 10:36am

La Av. Guillermo de la Fuente en Comas fue renovada, mejorando tránsito y conectividad. Infraestructura vial moderna pa . . .

VER MÁS

Construcción

Giatec 360: digitalización integral del concreto . . .

16/Oct/2026 10:16am

Giatec 360 digitaliza el concreto con IA y sensores, optimizando mezcla, producción y obra. Innovación clave para la c . . .

VER MÁS

Inmobiliaria

Infraestructura inteligente: el motor de la modernización urbana . . .

15/Oct/2026 11:57am

La infraestructura de edificios inteligentes impulsa la evolución urbana en América Latina, integrando sistemas, efici . . .

VER MÁS

Noticia

EXCON 2026: detalles de la inauguración de la feria internacional de . . .

15/Oct/2026 11:32am

EXCON 2026 abrió sus puertas en Lima con CAPECO, autoridades y empresas del sector construcción, destacando innovació . . .

VER MÁS

¿Deseas recibir Información para suscripción a la Revista Constructivo?
Ley de Contrataciones y resolución de disputas