Constructivo
ExpoCONSTRUCTIVO 2027

Aprueban reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional

Publicado hace 6 años

Únete al canal de WhatsApp

Recibe las principales noticias del sector construcción directamente en tu celular.

Unirme al canal →
Aprueban reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de construcción en sitio propio.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó el reglamento operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de construcción en sitio propio.

Mediante la Resolución Ministerial Nº 120-2020-Vivivenda, también se modificaron las condiciones técnicas mínimas para obras de edificación con el BFH en esta modalidad.

Así, en lo que se refiere a las condiciones técnicas mínimas establecidas, en el caso de área techada, se exige que ésta sea mínimo de 35 metros cuadrados sin considerar aleros, la cual debe contemplar los siguientes ambientes: una sala comedor, una cocina, dos dormitorios y un servicio higiénico, y debe estar preparada para el crecimiento progresivo vertical considerando al menos un piso adicional.

Para las viviendas construidas con sistemas constructivos no convencionales, o que no permitan el crecimiento progresivo vertical, la vivienda de interés social debe contar con un área mínima de 45 metros cuadrados techada (sin considerar aleros), que incluya como mínimo un ambiente de usos múltiples con sala, comedor y área de cocina, tres ambientes de dormitorio, un ambiente de baño, con lavatorio, ducha e inodoro, y zona de lavandería (puede ser no techada).

Son elegibles para el programa y para la modalidad de construcción en sitio propio aquellos predios que reúnan las condiciones para la obtención de licencia de edificación, en el marco de la normativa vigente, ser de propiedad de los grupos familiares, que en el predio no haya una vivienda con estructura permanente y/o con las características similares o superiores a una vivienda de interés social.

Ello salvo que exista una construcción techada máximo de 16 metros cuadrados y cuente con servicios de electricidad, agua potable y desagüe. 

De no contar con dichos servicios se debe acreditar una solución alternativa que permita la dotación de éstos, aprobado por la entidad competente o por la municipalidad correspondiente, según sea el caso.

El valor de la vivienda es el que resulta del presupuesto de obra, más el valor del terreno o aires independizados. El valor del terreno se determina por el valor de autovalúo vigente.

Fuente: Andina

Promoción VERANOS

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

Noticia

Mauricio Arnillas González asume el liderazgo del Ministerio de Vivie . . .

31/Jul/2026 5:05pm

La presidenta de la República tomó juramento a Mauricio Fernando Arnillas González como nuevo ministro de Vivienda, C . . .

VER MÁS

Proyectos

Nueva sede judicial en Arequipa alcanza 22 % de avance y avanza hacia . . .

31/Jul/2026 4:59pm

La construcción de la nueva sede judicial en el distrito de Cerro Colorado, Arequipa, continúa su desarrollo y registr . . .

VER MÁS

Tecnología

La inteligencia artificial transforma las ventas de maquinaria de cons . . .

31/Jul/2026 4:38pm

La transformación digital continúa avanzando en la industria de la construcción y ahora alcanza un área estratégica . . .

VER MÁS

Inmobiliaria

Menos tráfico, más vida: ¿por qué los limeños buscan viviendas co . . .

31/Jul/2026 4:29pm

En Lima, 10 kilómetros pueden tomar más de 50 minutos en hora punta. Por este motivo, más compradores priorizan vivie . . .

VER MÁS

¿Deseas recibir Información para suscripción a la Revista Constructivo?
Mecánica de suelos