Nuevo reglamento de Ley de Bienes Estatales simplifica procesos de saneamiento
Publicado hace 4 años
En el nuevo reglamento se precisan funciones y atribuciones de la SBN y gobiernos regionales con funciones transferidas sobre los predios del Estado.
El nuevo reglamento de la Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece nuevas funciones y atribuciones sobre los predios del Estado que tendrán la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) y los gobiernos regionales con competencias transferidas como son: Arequipa, Amazonas, Lambayeque, San Martín, Tacna, Tumbes y Callao.
Así como las facultades y obligaciones de las entidades públicas sobre los actos de saneamiento, defensa, recuperación, venta, usufructo, afectación en uso, entre otros actos administrativos.
El reglamento también determina la simplificación de los requisitos para el saneamiento físico legal de predios e inmuebles del Estado, reduciéndose de esta forma los costos de las publicaciones y anotaciones preventivas en los Registros Públicos.
De igual forma, se reducen los procedimientos de trámite para la venta directa, constitución de usufructo y arrendamiento de predios del Estado y se establece el uso de medios electrónicos y sistemas de información web para la ejecución de algunos actos tal es el caso, de la subasta pública virtual.
Del mismo modo, se han implementado diversos mecanismos para asegurar la titularidad de los bienes estatales como es el caso de la anotación preventiva en los procedimientos de primera inscripción de dominio, entre otros, lo cual permitirá ejercer un mejor control en la supervisión, defensa y recuperación de predios estatales.
Finalmente, se fortalece el registro de los predios estatales en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales (Sinabip), ampliando el número de registros y la vinculación a su base gráfica, facilitando su adecuado diagnóstico y promoviendo su interconexión con otros sistemas de bienes estatales.
La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) es un organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y se encarga de gestionar, supervisar y registrar los predios del Estado en conformidad con la normativa vigente.
Fuente: Andina
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