MEF transfiere S/ 35.4 millones para inversiones en Escuelas Bicentenario
Publicado hace 6 días
A través del Decreto Supremo 209-2024-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó dicha transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2024.
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de 35 millones 453,178 soles a favor del Ministerio de Educación (Minedu) para financiar el 8 % del pago del adelanto y valorizaciones de obra de la etapa 2 de los proyectos que forman parte de la cartera de inversiones del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario.
A través del Decreto Supremo 209-2024-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó dicha transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2024, con cargo a los recursos del “Fondo para el financiamiento de inversiones en ejecución asociadas a contratos de gobierno a gobierno”.
El detalle de los recursos asociados a la transferencia se encuentra en el anexo “Transferencia de partidas a favor del Ministerio de Educación”, el cual se publica en las sedes digitales del MEF (www.gob.pe/mef) y del Minedu (www.gob.pe/minedu).
El titular del pliego habilitado en la transferencia aprueba la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal.
Los recursos de la transferencia de partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
En los considerandos de la norma se indica que la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 establece que, a fin de garantizar la ejecución de proyectos bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se crea el “Fondo para el financiamiento de inversiones en ejecución asociadas a contratos de gobierno a gobierno” a cargo del MEF.
Dicho fondo financia las modificaciones presupuestarias hasta por 3,200 millones de soles, a favor de las entidades del Gobierno Nacional, para adelantos, valorizaciones y gastos correspondientes a la materialización de eventos compensables que tengan impactos en los costos de inversión durante la etapa de ejecución de los proyectos de la cartera de inversiones a cargo de las referidas entidades.
Fuente: Andina
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