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MEF autoriza transferencias y crédito suplementario para inversión en regiones

Publicado hace 4 años

MEF autoriza transferencias y crédito suplementario para inversión en regiones

El MEF autorizó una transferencia de 1,214 millones a favor de 24 gobiernos regionales y 294 gobiernos locales para financiar la ejecución de 825 proyectos de inversión.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó una transferencia de 1,214 millones 893,615 soles a favor de 24 gobiernos regionales y 294 gobiernos locales para financiar la ejecución de 825 proyectos de inversión, en el marco de la novena disposición complementaria final de la Ley 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

Mediante Decreto Supremo (DS) 037-2021 del MEF, se aprobó esta operación en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2021.

Se autorizó, además, la incorporación de recursos vía créditos suplementario, en el presupuesto del sector público para el 2021, hasta por 597 millones 455,032 soles a favor de cuatro gobiernos regionales y 299 municipalidades para el financiamiento de la ejecución de 414 inversiones.

Así como a favor de 26 gobiernos locales para la ejecución de las acciones de mantenimiento de infraestructura vial, en el marco de la nonagésima cuarta disposición complementaria final de la Ley 31084.

El Decreto Supremo precisa que los titulares de los pliegos habilitados en la transferencia de partidas y en el crédito suplementario, según corresponda, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados, a nivel programático, dentro de los cinco días calendario de la vigencia del dispositivo.

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

Asimismo, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Los recursos de la transferencia de partidas y del crédito suplementario no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

Fuente: Andina

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