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Infraestructura: Los procesos que continúan y se suspendieron tras anuncio de cuarentena

Publicado hace 5 años

Infraestructura: Los procesos que continúan y se suspendieron tras anuncio de cuarentena

Las medidas establecidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional busca evitar más contagios por el coronavirus.

Luego que el último domingo el presidente Martín Vizcarra anunciara una cuarentena general por 15 días, en el marco de una Declaratoria de Estado de Emergencia Nacional para evitar más contagios por el coronavirus (COVID-19) en el país, quedaron en el aire una serie de dudas respecto a los procesos que se pueden realizar o no durante este periodo.

En ese sentido, el Estudio Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera Abogados dio a conocer algunas preguntas y respuestas sobre algunas inquietudes de carácter legal que surgieron respecto a diversos sectores económicos.

Infraestructura

¿Qué sucede con la ejecución de los contratos de concesión celebrados con el Estado peruano durante el estado de emergencia?

De modo general, las normas aplicables a los contratos de concesión que se ejecutan bajo la modalidad de asociaciones público privadas, permiten la suspensión de las obligaciones por fuerza mayor. El estado de emergencia califica como un supuesto de fuerza mayor. Ahora bien, corresponderá revisar las cláusulas de cada contrato para establecer las formalidades y procedimientos que deben seguirse para invocar la suspensión de las obligaciones, así como el alcance que tendrá dicha suspensión.

¿Qué restricciones existen para el transporte de carga y mercancías durante el estado de emergencia?

El transporte de carga y mercancías no se encuentra comprendido dentro del cierre temporal de fronteras. Por lo tanto, se garantiza el ingreso y salida de mercancías del país por puertos, aeropuertos y puntos de frontera habilitados. En el caso de mercancías restringidas, las autoridades pueden disponer medidas especiales para su ingreso y salida. El transporte de carga y mercancías dentro del territorio nacional tampoco se encuentra sujeto a restricciones.

Minería e hidrocarburos

¿Qué ocurre con el desarrollo de las actividades mineras durante el estado de emergencia nacional?

La continuidad de las actividades mineras no ha sido contemplada dentro de las excepciones al estado de emergencia. Al cierre de esta publicación, no se ha emitido pronunciamiento alguno por parte del Ministerio de Economía y Finanzas ni del Ministerio de Energía y Minas con relación a si esta actividad productiva será incluida como actividad adicional dentro de las excepciones de la norma.

¿Qué ocurre con los procedimientos administrativos a cargo del sector Energía y Minas?

De acuerdo con lo informado por la Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas, a partir del 16 de marzo se suspenden las actividades en el ministerio y sus organismos públicos adscritos (Ingemmet e IPEN), así como la atención al público. En ese sentido, los procedimientos administrativos y los procesos de consulta previa quedan en suspenso.

¿Qué ocurre con el sector hidrocarburos durante el estado de emergencia nacional?

Las empresas concesionarias prestarán normalmente el servicio de suministro de gas natural; y, respecto al abastecimiento de combustible, se garantizará la continuidad de la producción, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización del mismo durante el estado de emergencia.

Fuente: Gestión

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