Bono de alquiler será para viviendas cuya renta mensual sea hasta por S/ 1,558
Publicado hace 6 años
Reglamento dispone que el bono será otorgado para viviendas cuya renta mensual sea de un máximo de S/ 1,558 y de un mínimo de S/ 747.6.
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVSC) publicó esta mañana el reglamento de la Ley que crea el Bono para el Arrendamiento de una Vivienda (BAV).
Este documento dispone que el bono, de un valor de S/495.6, será otorgado para viviendas cuya renta mensual sea de un máximo de S/ 1,558 y de un mínimo de S/ 747.6.
Asimismo, especifica que la vivienda objeto del bono debe contar como mínimo instalaciones de servicios básicos de agua, desagüe y electricidad, con un ambiente multiuso, una zona para dormitorio y un baño con puerta, con lavatorio, ducha e inodoro; así como, con la conformidad de obra y declaratoria de edificación
¿CÓMO ACCEDER AL BONO?
Aquellos que deseen obtener el subsidio –precisa el reglamento– deben acudir ante un notario, o en su defecto, ante un Juez de Paz Letrado que cuente con convenio con el Fondo Mivivienda, para que suscriban con un arrendador el contrato de arrendamiento de inmueble mediante el uso del FUA (Formulario Único de Arrendamiento de inmueble destinado a vivienda), certifique sus firmas y remita copia certificada del mismo para su registro.
Toda modificación, prórroga al contrato de arrendamiento de inmueble, así como cualquier resolución judicial concerniente al inmueble debe registrarse en el Registro Administrativo de Arrendamiento para Vivienda (RAV), administrado por el Fondo Mivivienda.
El reglamento indica que podrán postular al subsidio grupos familiares conformados como mínimo por dos personas que tengan un parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o el primer grado de afinidad y vivan juntos.
También podrán postular una pareja casada o convivientes sin impedimento matrimonial.
No podrán postular aquellos que sean propietarios o copropietarios de una vivienda, terreno o aires independizados para vivienda, tampoco aquellos que hayan recibido apoyo habitacional previo del Estado, ni los que se encuentren en el registro de deudores judiciales morosos.
Fuente: Gestión.
TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR
Tecnologías emergentes, IA y capacitación: el futuro de la construcc . . .
26/Jun/2026 12:18pm
La industria de la construcción está atravesando una transformación profunda impulsada por las tecnologías emergente . . .
Edificios sostenibles en Perú: la nueva generación de construcciones . . .
26/Jun/2026 12:06pm
La construcción sostenible está transformando el mercado inmobiliario peruano. Cada vez más proyectos incorporan estr . . .
Evaluación del desempeño funcional de edificaciones: claves para com . . .
26/Jun/2026 11:44am
La etapa de diseño y construcción de una obra no marca el final de su ciclo de vida. Una vez que la infraestructura en . . .
Gestión de capacidad instalada en proyectos constructivos: cómo dime . . .
26/Jun/2026 11:34am
En la industria de la construcción, cumplir con los plazos, controlar los costos y garantizar la calidad depende en gra . . .
Suscríbete al Boletín
Para recibir noticias diarias de Construcción



