Constructivo
ExpoCONSTRUCTIVO 2027

Bono de alquiler será para viviendas cuya renta mensual sea hasta por S/ 1,558

Publicado hace 7 años

Únete al canal de WhatsApp

Recibe las principales noticias del sector construcción directamente en tu celular.

Unirme al canal →
Bono de alquiler será para viviendas cuya renta mensual sea hasta por S/ 1,558

Reglamento dispone que el bono será otorgado para viviendas cuya renta mensual sea de un máximo de S/ 1,558 y de un mínimo de S/ 747.6.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVSC) publicó esta mañana el reglamento de la Ley que crea el Bono para el Arrendamiento de una Vivienda (BAV).

Este documento dispone que el bono, de un valor de S/495.6, será otorgado para viviendas cuya renta mensual sea de un máximo de S/ 1,558 y de un mínimo de S/ 747.6.

Asimismo, especifica que la vivienda objeto del bono debe contar como mínimo instalaciones de servicios básicos de agua, desagüe y electricidad, con un ambiente multiuso, una zona para dormitorio y un baño con puerta, con lavatorio, ducha e inodoro; así como, con la conformidad de obra y declaratoria de edificación

 

¿CÓMO ACCEDER AL BONO?

Aquellos que deseen obtener el subsidio –precisa el reglamento– deben acudir ante un notario, o en su defecto, ante un Juez de Paz Letrado que cuente con convenio con el Fondo Mivivienda, para que suscriban con un arrendador el contrato de arrendamiento de inmueble mediante el uso del FUA (Formulario Único de Arrendamiento de inmueble destinado a vivienda), certifique sus firmas y remita copia certificada del mismo para su registro.

Toda modificación, prórroga al contrato de arrendamiento de inmueble, así como cualquier resolución judicial concerniente al inmueble debe registrarse en el Registro Administrativo de Arrendamiento para Vivienda (RAV), administrado por el Fondo Mivivienda.

El reglamento indica que podrán postular al subsidio grupos familiares conformados como mínimo por dos personas que tengan un parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o el primer grado de afinidad y vivan juntos.

También podrán postular una pareja casada o convivientes sin impedimento matrimonial.

No podrán postular aquellos que sean propietarios o copropietarios de una vivienda, terreno o aires independizados para vivienda, tampoco aquellos que hayan recibido apoyo habitacional previo del Estado, ni los que se encuentren en el registro de deudores judiciales morosos.

Fuente: Gestión.

Promoción VERANOS

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

Construcción

Innovación en construcción: modelos de IA optimizan la resistencia d . . .

13/Oct/2026 12:11pm

Un estudio internacional demuestra que la inteligencia artificial puede predecir con alta precisión la resistencia del . . .

VER MÁS

Construcción

Protección avanzada en obras: el liderazgo del casco Milwaukee . . .

13/Oct/2026 11:26am

El casco de seguridad de Milwaukee lidera la innovación en protección laboral. Conoce cómo estas tecnologías pueden . . .

VER MÁS

Construcción

San Juan de Lurigancho: obras de la vía rápida Próceres–Wiesse si . . .

13/Oct/2026 10:42am

La vía rápida Próceres–Wiesse avanza en San Juan de Lurigancho con la instalación de vigas sobre pilares, un hito . . .

VER MÁS

Construcción

MVCS coordina con autoridades de San Martín para acelerar obras de in . . .

13/Oct/2026 10:09am

El Ministerio de Vivienda coordina con autoridades de San Martín para acelerar proyectos de agua, saneamiento e infraes . . .

VER MÁS

¿Deseas recibir Información para suscripción a la Revista Constructivo?
Ley de Contrataciones y resolución de disputas