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Sunass supervisa empresas de agua para garantizar continuidad del servicio

Publicado hace 4 años

Sunass supervisa empresas de agua para garantizar continuidad del servicio

La Sunass viene supervisando el uso adecuado de los fondos de inversión y reservas por de las empresas prestadoras agua potable y alcantarillado, con el fin de garantizar la continuidad del servicio y el mantenimiento de los sistemas de saneamiento.

La Sunass viene supervisando el uso adecuado de los fondos de inversión y reservas por de las empresas prestadoras agua potable y alcantarillado, con el fin de garantizar la continuidad del servicio.

Asimismo, se busca dar cumplimiento al Decreto de Urgencia 036-2020, que libera el uso de los fondos y reservas para gastos de operación y mantenimiento de los sistemas de saneamiento, en el marco de la emergencia sanitaria a causa del Covid-19.

En ese sentido, la Sunass envió un oficio a dichas empresas para que remitan un informe mensual con el detalle de los gastos realizados con los fondos y las reservas.

Ello acompañado de su respectiva explicación o justificación técnica que sustente su uso en gastos de operación y mantenimiento, así como los movimientos bancarios, órdenes de compra, comprobantes de caja, facturas y/o recibos correspondientes.

El informe deberá ser entregado en formato impreso y digital, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de culminado cada mes, desde la entrada en vigencia del decreto de urgencia.

Los costos y gastos de operación y mantenimiento se refieren al desembolso económico para cubrir actividades necesarias para asegurar que el servicio no se detenga y siga funcionando en condiciones adecuadas, como el mantenimiento y operación del sistema de desinfección, de las redes de agua y alcantarillado, del sistema administrativo y comercial, entre otros.

Decreto de Urgencia

Como se recuerda, el 10 de abril se publicó Decreto de Urgencia 036-2020 con el objetivo de establecer medidas extraordinarias en materia económica y financiera, que garanticen la continuidad de los servicios de saneamiento para la población durante la emergencia sanitaria a causa del Covid-19.

En ese sentido, para minimizar la afectación económica de la población, el decreto de urgencia dispuso el fraccionamiento de hasta 24 meses de los recibos pendientes de pago y consumos generados durante la emergencia sanitaria.

Asimismo, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación de los servicios de saneamiento y la sostenibilidad financiera de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, el decreto de urgencia suspendió por el plazo de cinco meses.

Estos contados a partir de la vigencia del presente decreto, las transferencias que efectúan dichas empresas para el fondo de inversiones y las reservas por Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos, gestión del riesgo de desastres y adaptación al cambio climático; y autorizó, por el mismo plazo, el uso de esos fondos y reservas para financiar los costos de operación y mantenimiento de los servicios de saneamiento.

También, estableció que la Sunass, en el marco de sus competencias y funciones, realice la fiscalización para que el uso de dichos fondos y reservas sean destinados para los fines correspondientes.

Fuente: Andina

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