Proinversión ingresa en proceso de fortalecimiento organizacional
Publicado hace 5 años

La Agencia de Promoción inicia un proceso que permitirá elegir de forma progresiva la estructura orgánica más adecuada para el cumplimiento de sus funciones, atendiendo la problemática identificada y generando un gran impacto en la capacidad de articular inversión privada en infraestructura de calidad.
La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) declaró a Proinversión en Fortalecimiento Organizacional por un plazo de un año, a través de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 003-2020-PCM/SGP.
Proinversión inicia con esta resolución un proceso que permitirá elegir de forma progresiva la estructura orgánica más adecuada para el cumplimiento de sus funciones, atendiendo la problemática identificada y generando un gran impacto en la capacidad de articular inversión privada en infraestructura de calidad.
Ello con el propósito de generar mayor productividad de los recursos del estado y mejorar la eficiencia y eficacia para desarrollar proyectos que logren atender la necesidad urgente de mejorar los servicios de infraestructura a la población
Así, se fortalecerá la capacidad de estructuración de proyectos de Proinversión y una mejor gestión y seguimiento de estos con énfasis en el control de cronogramas.
“Vamos a enfocarnos en el core de la entidad: estructuración y transacción de proyectos APP y Proyectos en Activos de calidad, robustos y creíbles; y evaluar transferir funciones non-core a otras entidades”, precisó el director ejecutivo de Proinversión, Rafael Ugaz.
Cabe precisar que el pasado mes de febrero, Proinversión presentó la solicitud de Declaratoria de Fortalecimiento Organizacional, previamente aprobada por su Consejo Directivo, la cual fue evaluada y aprobada por la Secretaría de Gestión Pública de la PCM.
Al final de todo este proceso, Proinversión se especializará y posicionará como una agencia de excelencia técnica y enfocada en la ejecución de las fases de estructuración y transacción de los proyectos de Asociación Público Privada y Proyectos en Activos.
Ello acorde con la Política Nacional de Inversión Privada y el Decreto Legislativo 1362, su Reglamento y normas conexas.
Fuente: Andina

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