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MEF autoriza transferencia de S/ 34.3 millones para obras de infraestructura y saneamiento

Publicado hace 5 años

MEF autoriza transferencia de S/ 34.3 millones para obras de infraestructura y saneamiento

Recursos se destinarán a 11 municipalidades

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó hoy la transferencia de 34 millones 397,294 soles para financiar la ejecución de 11 proyectos de inversión en infraestructura urbana y en saneamiento urbano y rural.

 

 

Mediante Decreto Supremo  231-2018-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó dicha transferencia del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de 11 gobiernos locales, en el marco del presupuesto del sector público para el año fiscal 2018.

 

 

Por otro lado, el MEF también autorizó una transferencia de 1 millón 535,386 soles del Instituto Peruano del Deporte a favor de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez y de la Municipalidad Distrital de Mache, para financiar la ejecución de dos proyectos de inversión en infraestructura deportiva.

 

 

Los pliegos habilitados y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el anexo 1 que forma parte integrante del presente decreto supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y del MEF (www.mef.gob.pe).

 

 

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, finalidades y unidades de medida.

 

 

Los recursos de las transferencias de partidas a que hace referencia en el presente decreto supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

 

 

Las unidades ejecutoras de inversión de los sectores son responsables de la verificación y seguimiento, lo que incluye el avance físico y financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución física de los proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema nacional.

 

 

Además, dicha unidades ejecutoras deben remitir trimestralmente dicha información a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del sector respectivo o la que haga sus veces.

Fuente: Andina.

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